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Qué hacer después de un arresto en California

Tabla de contenido
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Artículo principal (H2)

Lo que necesita saber inmediatamente después de un arresto en California

Un arresto en California es abrumador para la persona detenida y su familia. En esas primeras horas y días, lo que haga (y lo que no haga) puede determinar el rumbo de su caso. El período crítico entre el arresto y la lectura de cargos es cuando se desarrolla la defensa más sólida. Por eso, actuar con rapidez es más importante que cualquier otra cosa.

En My Rights Law, Respondemos inmediatamente después de un arresto. Nuestros abogados pueden visitarlo a usted o a su ser querido bajo custodia a través de visitas confidenciales inmediatas a la cárcel, comience a construir una estrategia de defensa e intervenga ante el fiscal incluso antes de que se presenten los cargos. Este período previo a la presentación de cargos suele ser el que permite ganar los casos.

Si usted o alguien que le importa ha sido arrestado, llámenos ahora al 888-702-8882 Para una consulta gratuita y confidencial. Estamos disponibles 24/7.

Las primeras 48 horas después de un arresto son críticas

La ley de California exige que una persona arrestada sin orden judicial comparezca ante un juez dentro de las 48 horas posteriores al arresto, excluyendo domingos y días festivos, según el artículo 825 del Código Penal de California. La Corte Suprema de los Estados Unidos afirmó en el caso del Condado de Riverside contra McLaughlin (1991) que un plazo de 48 horas es presuntamente razonable para determinar la causa probable tras un arresto sin orden judicial. Esto significa que el plazo comienza a correr en el momento del arresto. Durante este periodo:

  • La persona arrestada es ingresada en una cárcel del condado o en un centro de detención.
  • La fianza se puede fijar de acuerdo con la tabla de fianzas del condado.
  • El Fiscal de Distrito revisa el caso y decide si presentar cargos.
  • Un abogado defensor puede comunicarse con el fiscal del distrito, presentar pruebas y argumentar a favor del rechazo o la reducción de los cargos.

Este es el período de intervención previo a la presentación de cargos, y es el más importante en cualquier caso penal. Una vez que se presentan formalmente los cargos en la lectura de cargos, usted reacciona en lugar de controlar el resultado. La Decimocuarta Enmienda garantiza el debido proceso legal, y un abogado que trabaje durante este período garantiza la protección de sus derechos al debido proceso desde el principio. Un abogado defensor penal privado puede trabajar para usted durante todo este período. Un defensor público, en cambio, no se le asigna hasta la lectura de cargos.

Paso a paso: Qué hacer después de que usted o un ser querido sea arrestado

1. Mantén la calma y ejerce tus derechos

Si usted es la persona arrestada, recuerde dos cosas: tiene derecho a guardar silencio bajo la Quinta Enmienda y derecho a un abogado bajo la Sexta Enmienda. No responda preguntas sobre el presunto delito sin la presencia de un abogado. Según Miranda v. Arizona (1966), la policía debe informarle sobre estos derechos antes de cualquier interrogatorio bajo custodia. Sea cortés y coopere con los oficiales, pero exprese claramente que está invocando su derecho a guardar silencio y que desea hablar con un abogado. Según Doyle v. Ohio (1976), la fiscalía no puede usar su silencio posterior a Miranda en su contra durante el juicio. Sin embargo, cualquier cosa que diga, incluso una conversación informal, puede y será usada en su contra.

Para obtener más información sobre cómo funcionan estos derechos, consulte nuestra página sobre Sus derechos durante y después de un arresto.

2. Comuníquese con un abogado defensor penal de inmediato

Este es el paso más importante que puedes dar. Llama Mis Derechos Legales al 888-702-8882 Lo antes posible. Según el artículo 851.5 del Código Penal, la persona arrestada tiene derecho a realizar al menos tres llamadas telefónicas completas dentro de las tres horas siguientes al arresto, incluyendo una llamada a un abogado. Un abogado con experiencia puede:

  • Visitar a la persona detenida bajo custodia para brindarle asesoría legal
  • Comience a investigar los hechos del caso inmediatamente.
  • Comuníquese con el fiscal de distrito durante el período previo a la presentación de la denuncia para solicitar el rechazo o la reducción de los cargos.
  • Asesorar sobre opciones de fianza y estrategia para la liberación.
  • Protegerse contra la autoincriminación durante el interrogatorio policial

Cuanto antes intervenga un abogado, más opciones tendrá. La intervención temprana ha resultado en el rechazo de cargos incluso antes de que se presentaran en muchos de nuestros casos.

3. Descubra dónde se encuentra detenido su ser querido

Tras un arresto, la persona es trasladada a una comisaría local para su registro y luego a una cárcel del condado o centro de detención. En el sur de California, las instalaciones comunes incluyen:

  • Condado de Los Ángeles: Centro Correccional Torres Gemelas, Cárcel Central de Hombres, Centro de Detención Regional Century
  • Condado de San Bernardino: Centro de Detención de West Valley, Centro de Detención de Adelanto, Centro de Detención Central (San Bernardino)
  • Condado de Riverside: Centro de Detención Robert Presley, Centro Correccional Larry D. Smith, Centro de Detención del Suroeste
  • Condado de Orange: Cárcel Central de Hombres (Santa Ana), Instalación Theo Lacy
  • Condado de Ventura: Centro de Detención Preventiva (Ventura), Cárcel de Todd Road (Santa Paula)
  • Condado de San Diego: Cárcel Central de San Diego, Centro de Detención de Vista, Centro de Detención George Bailey

Puede localizar a un recluso utilizando el sistema de localización de reclusos del sheriff del condado en línea o llamando directamente al centro. Para obtener más información, consulte nuestra página sobre Cómo encontrar a alguien en la cárcel en California.

4. Comprenda el proceso de fianza

La fianza es la cantidad de dinero requerida para que una persona arrestada sea puesta en libertad mientras su caso está pendiente. En California, los montos de las fianzas se establecen según la escala de fianzas de cada condado en función de los cargos, según lo exige el Artículo 1269b del Código Penal de California. Hay varias maneras de pagar la fianza:

  • Fianza en efectivo: Pague el importe total de la fianza directamente al tribunal o a la cárcel. Este importe se devuelve al final del caso (menos honorarios o multas).
  • Fianza: Pague a un agente de fianzas una tarifa no reembolsable (normalmente el 101% del monto de la fianza) y ellos pagarán la fianza completa en su nombre.
  • Liberación bajo su propia responsabilidad (OR): Según la Sección 1270 del Código Penal, el juez puede liberar al acusado sin fianza basándose en factores como los vínculos comunitarios, el riesgo de fuga y la naturaleza de los cargos.
  • Bono de propiedad: Utilice bienes inmuebles como garantía del monto de la fianza.

La Octava Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe las fianzas excesivas. Algunos delitos, en particular los delitos graves, podrían no ser elegibles para fianza según el Artículo I, Sección 12 de la Constitución de California. Un abogado defensor penal puede solicitar una fianza reducida o la liberación en la audiencia de fianza.

Para obtener una guía detallada, consulte Cómo funciona la fianza en California y Cómo sacar a alguien de la cárcel.

5. Prepárese para la lectura de cargos

La lectura de cargos es la primera comparecencia formal ante el tribunal tras un arresto. Aquí es donde:

  • Se leen oficialmente los cargos
  • El acusado se declara culpable, inocente o no lo impugna.
  • El juez decide sobre las condiciones de la fianza o la liberación.
  • Se ha fijado una fecha para el futuro juicio

Si cuenta con un abogado antes de la lectura de cargos, según el artículo 977 del Código Penal, este puede presentar una declaración de inocencia en su nombre en casos de delitos menores sin su presencia física en el tribunal, solicitar condiciones favorables de fianza y comenzar a impugnar la acusación desde el primer día. Si no cuenta con un abogado, el tribunal le asignará un defensor público en esta etapa, pero para entonces, el plazo de intervención previo a la presentación de cargos ya habrá transcurrido.

Obtenga más información sobre qué esperar en nuestra página sobre Entendiendo la lectura de cargos en California.

Errores comunes que se deben evitar después de un arresto

Hablar con la policía sin un abogado presente. Todo lo que diga puede y será usado en su contra. Incluso declaraciones aparentemente inofensivas pueden ser tergiversadas por los fiscales. Invoque su derecho a guardar silencio bajo la Quinta Enmienda y solicite la presencia de su abogado. Según Edwards v. Arizona (1981), una vez que solicite un abogado, la policía debe suspender todo interrogatorio hasta que este esté presente.

Esperando contratar un abogado. El período previo a la presentación de la demanda es la ventana más valiosa de su caso. Cada hora que transcurre sin representación legal es una hora en la que la fiscalía construye su caso mientras nadie construye el suyo.

Publicar en las redes sociales. No publique nada sobre su arresto, su caso ni su paradero en ninguna red social. Los fiscales e investigadores monitorean las redes sociales con frecuencia y pueden usar sus publicaciones como prueba.

Fechas de corte faltantes. No comparecer a su lectura de cargos o a cualquier audiencia posterior constituye un delito penal independiente según el Artículo 1320 del Código Penal (delito menor FTA) o el Artículo 1320.5 (delito grave FTA), lo que resultará en una orden de arresto y puede conllevar cargos adicionales. Si queda en libertad bajo fianza, preséntese en todas las audiencias judiciales sin excepción.

Discutir su caso con alguien que no sea su abogado. Las conversaciones con amigos, familiares o compañeros de celda no están protegidas por el privilegio abogado-cliente. Solo las comunicaciones con su abogado son confidenciales y están protegidas por el privilegio abogado-cliente, según las Secciones 950 a 962 del Código de Evidencia de California.

Cómo ayuda la Ley de Derechos después de un arresto

En My Rights Law, no esperamos la lectura de cargos para empezar a defenderlo. Nuestro enfoque de defensa post-arresto incluye:

Visitas inmediatas a la cárcel. Según el Artículo 825 del Código Penal de California, tiene derecho a consultar con un abogado antes de su comparecencia. Nuestros abogados lo visitarán a usted o a su ser querido bajo custodia para brindarle asesoramiento, evaluar el caso y comenzar a desarrollar una estrategia. Obtenga más información sobre nuestras visitas confidenciales e inmediatas a la cárcel.

Intervención previa a la presentación de la demanda ante el Fiscal del Distrito. Nos comunicamos inmediatamente con la fiscalía para presentar pruebas, impugnar la causa probable y solicitar el rechazo o la reducción de los cargos antes de presentarlos formalmente. Aquí es donde nuestra intervención temprana genera la mayor ventaja.

Defensa agresiva de la fianza. Luchamos por la fianza más baja posible o por su liberación para que usted pueda regresar a casa con su familia y participar plenamente en su defensa.

Investigación exhaustiva desde el primer día. Citamos imágenes de cámaras corporales, presentamos mociones Pitchess para registros de credibilidad de los oficiales, entrevistamos a testigos y cuestionamos la evidencia antes de que la fiscalía tenga tiempo de cerrar su caso.

Defensa estratégica en todas las etapas. Desde la lectura de cargos hasta el juicio, o idealmente hasta la desestimación previa al juicio, construimos una defensa diseñada para proteger sus derechos, su libertad y su futuro.

Su lista de verificación después del arresto

  1. Ejercita tu derecho a permanecer en silencio
  2. Solicite un abogado inmediatamente
  3. Llame a My Rights Law al 888-702-8882, disponible 24/7
  4. Localice la instalación donde se encuentra detenido su ser querido
  5. Comprenda sus opciones de fianza y actúe rápidamente
  6. No publique en las redes sociales ni discuta el caso con nadie excepto con su abogado.
  7. Asistir a todas las citas judiciales sin excepción.
  8. Siga las instrucciones de su abogado en cada paso

Servicios posteriores al arresto en My Rights Law

Creamos nuestros Servicios Post Arresto para guiarlo a través de cada paso del proceso posterior a un arresto en California:

Referencias legales

Póngase en contacto con My Rights Law hoy

Un arresto no significa una condena. Cuanto antes actúe, más opciones tendrá su abogado para obtener el mejor resultado posible. En My Rights Law, atendemos el teléfono las 24 horas, los 7 días de la semana, porque sabemos que los arrestos no ocurren según un horario.

Llámanos ahora al 888-702-8882 o rellena nuestro formulario de contacto seguro Para una consulta gratuita y confidencial. Ofrecemos una tarifa fija y comenzaremos a trabajar en su caso de inmediato.

Esta página fue escrita por el equipo editorial de My Rights Law y revisada para garantizar su precisión legal por Bobby Shamuilian.

El abogado Shamuilian es el fundador y socio gerente de My Rights Law y es ampliamente reconocido como una autoridad legal, apareciendo frecuentemente como analista legal y comentarista de televisión en medios de comunicación nacionales.

Obtuvo una calificación perfecta de “10.0 – Top Attorney” en AVVO y una calificación de “10.0” en Justia, y ha sido nombrado entre los “Top 40 Under 40” y los “Top 100 Trial Lawyers” por The National Trial Lawyers.

Con su probada experiencia y dedicación, el Sr. Shamuilian se compromete a proteger sus derechos y lograr el mejor resultado posible para su caso.

La fecha de la última modificación muestra cuándo se revisó esta página por última vez.

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