Homicidio es el término legal general que describe el acto de una persona que causa la muerte de otra. El asesinato y el homicidio involuntario son ambos tipos de homicidio, y lo que los diferencia es la premeditación. Si está investigando las diferencias entre homicidio, asesinato y homicidio involuntario en California porque un familiar suyo está siendo investigado, esta distinción no es meramente teórica.
A menudo, esto determina si la condena implica unos pocos años de prisión o el resto de su vida tras las rejas. Nuestros abogados penalistas de My Rights Law defienden a personas acusadas de homicidio en Rancho Cucamonga y en todo el sur de California.
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En California, el homicidio se considera la categoría general, y el asesinato y el homicidio involuntario, delitos que se incluyen dentro de ella. No todo homicidio es un delito.
La malicia es la clave. Los fiscales que pueden probarla acusan de asesinato. Sin ella, o cuando la evidencia de provocación es contundente, el caso se convierte en homicidio involuntario.
El homicidio, por sí solo, es una descripción, no un cargo. En California, nadie es condenado por homicidio. Se les condena por asesinato, homicidio involuntario o por ningún otro delito.
El estado clasifica los homicidios en tres grupos, y solo uno de ellos conlleva una condena penal.
El homicidio criminal abarca los asesinatos ilegales, que en California se dividen en asesinato y homicidio involuntario. Todo lo demás en esta página se deriva de esa distinción.
Algunos asesinatos son legales. Código Penal de California § 197, Un homicidio es justificable en varias situaciones.
Esto incluye resistir un intento de asesinato o de infligir lesiones corporales graves a alguien. Defender un hogar o a otra persona contra un delito violento también se considera, al igual que mantener la paz dentro del marco legal.
La ley establece límites. Quien inició la pelea o participó en un enfrentamiento mutuo debe haber intentado retirarse de buena fe antes de la muerte.
California también aplica una presunción de defensa del hogar. Código Penal de California § 198.5, Se presume que un residente que utiliza fuerza letal contra un intruso que entró ilegalmente y por la fuerza en la residencia tenía un temor razonable de muerte o de sufrir lesiones corporales graves.
Código Penal de California § 195 Considera excusable un homicidio cuando ocurre por accidente o infortunio durante un acto lícito realizado con la debida precaución y sin intención ilícita. Una segunda categoría abarca los homicidios accidentales ocurridos durante una riña repentina en la que no se obtuvo ventaja indebida ni se utilizó ningún arma peligrosa.
La consecuencia es significativa. Cuando se determina que un homicidio es justificable o excusable, el artículo 199 del Código Penal de California exige que el acusado sea absuelto y puesto en libertad en su totalidad.




Código Penal de California § 187 Define el asesinato como la muerte ilícita de un ser humano o un feto, con premeditación y alevosía. Los fiscales deben probar tanto la muerte ilícita como la premeditación más allá de toda duda razonable.
Hay un punto que genera confusión y que conviene aclarar de inmediato. California no reconoce el asesinato en tercer grado. Otros estados utilizan esa denominación, y algunos artículos nacionales la repiten, pero aquí solo existen los grados primero y segundo.
La malicia no es lo mismo que el odio, y no requiere rencor. Código Penal de California § 188, viene en dos formas.
La malicia implícita es el punto de partida de muchos casos controvertidos. Una persona que dispara contra un edificio habitado puede no haber tenido la intención específica de causar una muerte, y aun así puede enfrentar cargos de asesinato.
El mismo estatuto contiene una norma que transformó la ley de homicidios de California. Salvo lo dispuesto en el artículo 189(e) del Código Penal de California, el autor principal debe actuar personalmente con premeditación. No se puede imputar premeditación a alguien únicamente por participar en un delito.
Código Penal de California § 189 Enumera los elementos que convierten un asesinato en asesinato de primer grado. Los factores desencadenantes legales incluyen los siguientes:
La premeditación da la impresión de requerir una planificación exhaustiva. Sin embargo, la ley establece lo contrario, indicando que la fiscalía no necesita probar que el acusado reflexionó de manera madura y significativa sobre la gravedad del acto.
La definición es breve: todos los homicidios que no son de primer grado son de segundo grado. En la práctica, un homicidio de segundo grado es un asesinato cometido con alevosía, pero sin premeditación ni un delito grave que lo califique.
El asesinato en primer grado se convierte en asesinato capital cuando la fiscalía acusa y prueba una de las circunstancias especiales enumeradas en Código Penal de California § 190.2. La lista incluye asesinatos por lucro, homicidios múltiples, asesinato de un agente del orden o testigo, asesinatos mediante tortura o envenenamiento, y asesinatos para fomentar la actividad de pandillas callejeras criminales.
La postura de California sobre los casos de pena capital necesita una explicación honesta. La pena de muerte sigue vigente, pero el gobernador Newsom Orden ejecutiva del 13 de marzo de 2019 Impuso una moratoria a las ejecuciones, retiró el protocolo de inyección letal y cerró la cámara de ejecución de San Quentin.
No se ha llevado a cabo ninguna ejecución en California desde 2006. Los fiscales aún pueden solicitar la pena de muerte, por lo que la alegación de circunstancias especiales sigue cambiando por completo la forma en que se defiende un caso.
En el pasado, California permitía la condena por asesinato de cualquier persona que participara en un delito grave y peligroso que resultara en la muerte de un ser querido, incluyendo a un vigilante o al conductor del vehículo de fuga que nunca tocara un arma. El proyecto de ley del Senado 1437 restringió drásticamente esa posibilidad.
Según el artículo 189(e) del Código Penal de California, un participante en uno de los delitos graves enumerados es responsable de asesinato solo si la fiscalía prueba uno de los siguientes supuestos:
Queda una excepción para los casos en que la persona fallecida era un agente del orden público en el ejercicio de sus funciones, y el acusado lo sabía o debería haberlo sabido.
Código Penal de California § 192 Define el homicidio involuntario como la muerte ilegal de un ser humano sin malicia, y reconoce tres tipos. El homicidio involuntario suele ser el resultado que busca la defensa cuando la muerte en sí no está en disputa.
El homicidio voluntario, según el artículo 192(a) del Código Penal de California, se define como un homicidio cometido durante una riña repentina o en un arrebato de ira. Si bien la muerte fue intencional, la ley reconoce que una provocación suficiente puede eliminar la malicia.
El escenario clásico involucra a una persona que mata inmediatamente después de descubrir la infidelidad de su cónyuge. El momento es crucial, ya que un período de reflexión puede reavivar la malicia y hacer que el asesinato vuelva a ser una opción.
La legítima defensa imperfecta también puede reducir el asesinato a homicidio voluntario, y se aplica cuando un acusado creía sinceramente que era necesario el uso de fuerza letal, pero esa creencia era irrazonable.
El homicidio involuntario, según el artículo 192(b) del Código Penal de California, abarca la muerte causada durante un acto ilícito que no constituye un delito grave. También incluye un acto lícito realizado de manera ilícita o sin la debida precaución y prudencia. No se requiere intención de matar.
Esta subdivisión excluye expresamente los actos cometidos mientras se conduce un vehículo, razón por la cual California creó una categoría vehicular separada.
El artículo 192(c) del Código Penal de California abarca las muertes causadas por accidentes de tránsito. Este apartado distingue entre conducir con negligencia grave y conducir con negligencia ordinaria, e incluye una tercera categoría para colisiones causadas intencionalmente con fines de lucro.
La negligencia grave es el factor determinante que influye en la pena. Un fiscal que considere que la conducción demostró imprudencia y desprecio consciente por la vida no se limita a imputar homicidio involuntario y puede presentar cargos por asesinato.
Código Penal de California § 191.5 Se aplica cuando una muerte es consecuencia de conducir infringiendo las leyes de California sobre conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI, por sus siglas en inglés). El apartado (a) abarca la negligencia grave y el apartado (b) abarca la negligencia ordinaria.
En determinadas circunstancias que impliquen condenas previas que cumplan los requisitos o cualquier otra circunstancia agravante prevista en la ley, un acusado puede enfrentarse a penas significativamente mayores, incluyendo de 15 años a cadena perpetua.
Las penas que se indican a continuación provienen directamente de la ley. La sanción real, en cualquier caso, depende de los cargos presentados, las agravantes alegadas y los antecedentes penales, por lo que conviene considerarlas como una referencia y no como una predicción.
Según el artículo 190 del Código Penal de California, el asesinato conlleva lo siguiente:
Según el artículo 193 del Código Penal de California, el homicidio involuntario conlleva lo siguiente:
El homicidio vehicular grave bajo los efectos del alcohol conlleva una pena de 4, 6 o 10 años de prisión estatal según el Código Penal de California § 191.5(c).
La diferencia entre eso y un cargo de homicidio en segundo grado en un caso de DUI fatal es enorme, razón por la cual la cuestión de la premeditación se debate con tanta vehemencia. Nuestros abogados analizan esa cuestión desde el principio, y puede comunicarse con nosotros al 909-330-3880.
Las decisiones sobre la formulación de cargos siguen una secuencia. Comprenderla permite saber cuándo puede intervenir la defensa.
Los fiscales suelen presentar la acusación en la instancia más alta que las pruebas puedan justificar. Esa postura inicial no es la definitiva.


En un caso de homicidio, la defensa rara vez se basa en una sola teoría. Dependiendo de las pruebas, nuestros abogados evalúan varias posibilidades:
La aplicación de cada una de estas opciones depende enteramente de las circunstancias, y no se puede garantizar ningún resultado por adelantado.
Diversas leyes, ajenas a las propias definiciones, influyen en el desarrollo de estos casos.
Código Penal de California § 194 Se refiere a muertes que ocurren mucho después del acto que las causó. Un homicidio puede seguir considerándose asesinato u homicidio involuntario incluso cuando la muerte ocurre más de tres años y un día después. Pasado ese plazo, surge una presunción refutable de que el homicidio no fue un acto criminal, y la fiscalía tiene la carga de la prueba para refutarla.
La mayoría de los delitos en California tienen un plazo límite para su presentación. El asesinato no. Código Penal de California § 799, el enjuiciamiento por un delito punible con la pena de muerte, cadena perpetua o cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional puede iniciarse en cualquier momento.
Los cargos por homicidio involuntario siguen sujetos a los plazos generales de presentación de cargos por delitos graves en California. Cualquier persona contactada en relación con una muerte ocurrida hace décadas debe asumir que aún existe la posibilidad de que se presenten cargos y consultar con un abogado defensor antes de hablar con los investigadores.
Los cambios en la definición de homicidio doloso se aplicaron con carácter retroactivo. Código Penal de California § 1172.6 Crea un proceso de petición para personas que ya están cumpliendo condena. Abarca condenas por homicidio doloso, homicidio bajo la doctrina de consecuencias naturales y probables, intento de homicidio bajo dicha doctrina y homicidio involuntario.
Un peticionario que cumpla los requisitos puede pedir al tribunal que dictó la sentencia que anule la condena y le imponga una nueva sentencia por los cargos restantes.
La exención de responsabilidad no es automática. El tribunal revisa la elegibilidad y la fiscalía tiene la oportunidad de demostrar que el peticionario aún podría ser condenado según la legislación vigente.
No. El homicidio justificable según el artículo 197 del Código Penal de California y el homicidio excusable según el artículo 195 del mismo código son homicidios legales. Cuando se aplica cualquiera de estos casos, el artículo 199 del Código Penal de California exige la absolución y el sobreseimiento.
El homicidio voluntario e involuntario son delitos graves. El homicidio vehicular sin negligencia grave conlleva una pena de hasta un año de cárcel en la prisión del condado, lo que lo sitúa en el extremo inferior del rango.
Sí, es posible. La evidencia de un arrebato de pasión, una legítima defensa imperfecta o la ausencia de malicia pueden justificar una reducción, aunque no se garantiza ningún resultado en ningún caso particular.
El asesinato en primer grado requiere premeditación o uno de los supuestos desencadenantes previstos en el artículo 189 del Código Penal de California, como acecho, envenenamiento o un delito grave que califique como tal. Todos los demás asesinatos son de segundo grado.
Sí, las penas de muerte siguen siendo legales, pero las ejecuciones están suspendidas en virtud de la moratoria ejecutiva de 2019. No se ha llevado a cabo ninguna ejecución en el estado desde 2006.

En California, comprender las diferencias entre homicidio, asesinato y homicidio involuntario es fundamental antes de tomar una decisión sobre la acusación. Las pruebas se registran desde el principio y las declaraciones a los detectives son definitivas.
La diferencia entre una denuncia por asesinato y una denuncia por homicidio involuntario puede depender de los hechos que se vayan conociendo en las primeras semanas.
En My Rights Law, nuestros abogados defensores representan a personas acusadas de homicidio en Rancho Cucamonga, el condado de San Bernardino, el condado de Riverside y el condado de Los Ángeles. Analizamos las pruebas que sustentan la acusación de dolo, cuestionamos su obtención y le explicamos las opciones disponibles.
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Esta página fue escrita por el equipo editorial de My Rights Law y revisada para garantizar su precisión legal por Bobby Shamuilian.
El abogado Shamuilian es el fundador y socio gerente de My Rights Law y es ampliamente reconocido como una autoridad legal, apareciendo frecuentemente como analista legal y comentarista de televisión en medios de comunicación nacionales.
Obtuvo una calificación perfecta de “10.0 – Top Attorney” en AVVO y una calificación de “10.0” en Justia, y ha sido nombrado entre los “Top 40 Under 40” y los “Top 100 Trial Lawyers” por The National Trial Lawyers.
Con su probada experiencia y dedicación, el Sr. Shamuilian se compromete a proteger sus derechos y lograr el mejor resultado posible para su caso.
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