
Si usted o un ser querido ha sido arrestado en California, comprender sus derechos legales es el primer paso para proteger su futuro. Mucha gente cree que si la policía no les leyó sus derechos Miranda, el arresto es inválido. Esta es una idea errónea común. La verdad es más matizada, y conocer la diferencia puede ser decisivo para su defensa.
En My Rights Law, Luchamos por las personas cuyos derechos han sido violados durante un arresto. Ya sea que la policía no haya leído sus derechos Miranda, haya realizado un registro ilegal, haya usado fuerza excesiva o lo haya interrogado sin abogado, nuestros abogados saben cómo impugnar estas violaciones y usarlas para fortalecer su defensa. Llámenos al 888-702-8882 Para una consulta gratuita y confidencial. Estamos disponibles 24/7.
Este es uno de los aspectos más incomprendidos del derecho penal. En resumen: la policía solo está obligada a leerle sus derechos Miranda antes de realizar un interrogatorio bajo custodia. No está obligada a leerle sus derechos en el momento del arresto.
Esto significa que puede ser arrestado legalmente, esposado, trasladado a la cárcel y puesto bajo custodia sin siquiera escuchar sus derechos Miranda. El arresto sigue siendo válido. La pregunta clave es si la policía lo interrogó mientras estaba detenido y, de ser así, si leyeron sus derechos antes de hacerlo.
Los derechos Miranda provienen del caso emblemático de la Corte Suprema de los Estados Unidos de 1966, Miranda contra Arizona. El Tribunal dictaminó que, antes de que la policía pueda interrogar a un sospechoso bajo custodia, debe informarle de los siguientes derechos:
Estos derechos existen para proteger su derecho a la Quinta Enmienda contra la autoincriminación y su derecho a un abogado, según la Sexta Enmienda. Se aplican solo cuando se cumplen dos condiciones: está bajo custodia policial (es decir, no puede irse) y la policía le hace preguntas diseñadas para obtener respuestas incriminatorias.
Los derechos Miranda deben leerse antes del interrogatorio bajo custodia. El interrogatorio bajo custodia significa que la policía lo interroga mientras se encuentra bajo custodia o privado de su libertad de forma significativa. Algunos ejemplos incluyen:
Los derechos Miranda no se aplican en todas las interacciones con las fuerzas del orden. La policía no necesita leerle sus derechos en las siguientes situaciones:
Si la policía lo interrogó mientras estaba bajo custodia y no le leyó sus derechos Miranda, cualquier declaración que haya hecho durante el interrogatorio podría ser suprimida. Esto significa que la fiscalía no puede usar esas declaraciones como prueba en su contra en el juicio.
Sin embargo, existen limitaciones importantes que es necesario comprender:
El arresto en sí sigue siendo válido. No leer los derechos Miranda no invalida el arresto. Aun así, puede ser acusado, procesado y condenado con base en otras pruebas. Los derechos Miranda solo afectan la admisibilidad de las declaraciones realizadas durante el interrogatorio bajo custodia.
La evidencia física no se suprime. Si la policía descubre evidencia física como resultado de sus declaraciones sin la autorización de la Ley Miranda (por ejemplo, si les dijo dónde estaban escondidas las drogas), dicha evidencia física aún podría ser admisible en ciertas circunstancias. Los tribunales han creado excepciones que permiten el uso de evidencia física incluso cuando se suprimen las declaraciones que la originaron.
Las declaraciones espontáneas todavía cuentan. Si usted hizo declaraciones incriminatorias voluntariamente (sin que le hicieran ninguna pregunta), esas declaraciones son admisibles independientemente de si se leyó el caso Miranda.
La supresión no es automática. Su abogado defensor debe presentar una moción de supresión, conforme al artículo 1538.5 del Código Penal de California, para impugnar la admisibilidad de declaraciones sin la certificación Miranda. El juez convoca entonces una audiencia para determinar si las declaraciones deben excluirse. Esta es una de las razones más importantes para contar con un abogado defensor con experiencia en su caso.

Además de los derechos Miranda, usted cuenta con otras protecciones constitucionales durante y después de un arresto en California. Conocer estos derechos le ayuda a protegerse y le brinda a su abogado defensor las herramientas para impugnar cualquier violación.
Tiene todo el derecho a negarse a responder preguntas de las autoridades en cualquier momento, haya sido arrestado o no. No necesita explicar lo sucedido, ofrecer una coartada ni contar su versión de los hechos a la policía. Lo mejor que puede decir es: "Quiero hablar con mi abogado antes de responder a cualquier pregunta"."
El silencio no puede utilizarse en su contra ante un tribunal. La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó en el caso Doyle contra Ohio (1976) que la fiscalía no puede utilizar el silencio de un acusado tras la Ley Miranda como prueba de culpabilidad. Sin embargo, debe invocar claramente este derecho. El simple silencio puede no ser suficiente. La Corte Suprema dictaminó en el caso Salinas contra Texas (2013) que el silencio antes de la aplicación de la Ley Miranda puede utilizarse en su contra si no invocó expresamente su derecho a guardar silencio.
Tiene derecho a la presencia de un abogado durante cualquier interrogatorio. En virtud del caso Strickland contra Washington (1984), tiene derecho no solo a un abogado, sino también a una asistencia letrada efectiva. Una vez que solicite un abogado, todo interrogatorio debe suspenderse hasta que este esté presente. La Corte Suprema de los Estados Unidos dictaminó en el caso Edwards contra Arizona (1981) que, una vez que un sospechoso invoca su derecho a un abogado, la policía no puede reiniciar el interrogatorio hasta que se le haya asignado un abogado. Este derecho se aplica una vez que se han presentado cargos formales o se han iniciado los procedimientos judiciales.
Incluso antes de que se presenten los cargos, si está detenido e invoca su derecho a un abogado durante una advertencia Miranda, la policía debe suspender el interrogatorio. No podrán volver a intentarlo más tarde a menos que usted inicie una comunicación adicional o su abogado esté presente.
Si no puede pagar un abogado, el tribunal le asignará uno durante la lectura de cargos. Sin embargo, un abogado de oficio solo se asigna durante la lectura de cargos, lo que significa que podría pasar todo el período entre el arresto y la lectura de cargos sin asistencia legal, a menos que contrate a un abogado privado. Por eso es tan importante llamar a My Rights Law inmediatamente después de un arresto. Ofrecemos visitas confidenciales inmediatas a la cárcel Para que su ser querido cuente con asesoría legal desde el principio.
La Cuarta Enmienda le protege de registros e incautaciones irrazonables. Desde el fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Katz contra Estados Unidos (1967), la Cuarta Enmienda protege a las personas, no solo a los lugares, y se extiende a cualquier situación en la que una persona tenga una expectativa razonable de privacidad. En general, la policía necesita una orden judicial para registrar su domicilio, su coche (con algunas excepciones), su teléfono y sus pertenencias personales. Si la policía realizó un registro sin orden judicial ni una excepción válida, cualquier prueba obtenida podría ser suprimida en virtud de la regla de exclusión establecida por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Mapp contra Ohio (1961).
Las excepciones comunes al requisito de orden judicial incluyen:
Los agentes del orden público pueden usar fuerza razonable para efectuar un arresto. Sin embargo, no pueden usar fuerza excesiva. La Corte Suprema de los Estados Unidos estableció en el caso Graham v. Connor (1989) que las denuncias por uso excesivo de fuerza se analizan según el criterio de "razonabilidad objetiva" de la Cuarta Enmienda, considerando la gravedad del delito, si el sospechoso representaba una amenaza inmediata y si se resistía activamente o huía. Si la policía usó más fuerza de la necesaria durante su arresto (golpes, estrangulamiento, descargas eléctricas sin justificación, uso inapropiado de armas), esto podría fundamentar una reclamación de derechos civiles y también puede utilizarse para impugnar las circunstancias del arresto en su caso penal.
Según el Artículo 825 del Código Penal de California, toda persona arrestada sin orden judicial debe comparecer ante un juez dentro de las 48 horas siguientes al arresto, excluyendo domingos y días festivos. Este derecho garantiza que no permanezca detenido indefinidamente sin ser acusado formalmente y sin tener la oportunidad de impugnar su detención ante un juez.
La lectura de cargos es donde el juez revisa los cargos, fija la fianza y el acusado se declara culpable o injusto. Contar con un abogado defensor en la lectura de cargos es fundamental para obtener una fianza reducida o la libertad bajo palabra. Obtenga más información en Entendiendo la lectura de cargos en California.
Según el Artículo 851.5 del Código Penal de California, tras ingresar en prisión, tiene derecho a realizar al menos tres llamadas telefónicas completas: una a un abogado, otra a un fiador y otra a un familiar o amigo. Estas llamadas deben permitirse dentro de las tres horas posteriores al ingreso (excepto en circunstancias específicas). Si se le denegaron las llamadas, informe a su abogado de inmediato.
Cuando la policía viola sus derechos durante o después de un arresto, estas violaciones se convierten en herramientas poderosas en su defensa. Un abogado penalista con experiencia puede usar las violaciones de derechos para:
Suprimir declaraciones. Si la policía lo interrogó bajo custodia sin leerle sus derechos Miranda, su abogado puede presentar una moción para suprimir esas declaraciones bajo el Artículo 1538.5 del Código Penal. Si se concede la moción, la fiscalía no podrá usar sus declaraciones en el juicio. En muchos casos, la acusación se basa en una confesión o declaración incriminatoria. Suprimir esa declaración puede resultar en una reducción de los cargos o la desestimación total.
Suprimir evidencia. Si la policía realizó un registro o incautación ilegal (sin orden judicial ni excepción válida), su abogado puede solicitar la supresión de las pruebas físicas. Si se suprimen drogas, armas u otras pruebas, es posible que la fiscalía no tenga suficientes pruebas restantes para continuar con el caso.
Cuestionar el arresto en sí. Si la policía lo arrestó sin causa probable, todo el arresto podría ser impugnado. Cualquier prueba obtenida como resultado de un arresto ilegal podría ser suprimida por considerarse "fruto del árbol venenoso", una doctrina establecida en Wong Sun contra Estados Unidos (1963)."
Negociar desde una posición de fuerza. Incluso si una moción de supresión no tiene garantía de éxito, la existencia de una violación creíble de derechos otorga a la defensa una ventaja en las negociaciones de declaración de culpabilidad. Los fiscales saben que, si se concede la moción, su caso se debilita considerablemente. Esto a menudo resulta en mejores ofertas de declaración de culpabilidad, reducción de cargos o desestimaciones directas.
Si cree que sus derechos fueron violados durante o después de un arresto, esto es lo que debe hacer:
Para obtener una guía completa sobre los pasos que debe seguir después de un arresto, consulte nuestra página sobre Qué hacer después de un arresto en California.
Arrestos por conducir bajo los efectos del alcohol. En ocasiones, los agentes continúan interrogando a los sospechosos sobre cuánto bebieron, de dónde venían y otros detalles incriminatorios después de que el sospechoso se encuentra bajo custodia, sin leerles los derechos Miranda. Estas declaraciones pueden ser suprimibles.
Arrestos por violencia doméstica. Los agentes que responden a llamadas de violencia doméstica suelen separar a las partes e interrogar a cada persona exhaustivamente en el lugar de los hechos y de nuevo en la comisaría. Si el sospechoso está detenido y no se le han reconocido sus derechos Miranda antes de este interrogatorio, sus declaraciones podrían ser refutadas.
Arrestos por drogas. Los registros sin orden judicial de vehículos, mochilas, bolsillos y teléfonos son comunes durante los arrestos por drogas. Muchos de estos registros se realizan sin la debida autorización legal y pueden ser impugnados ante los tribunales.
Órdenes de arresto. Al ejecutar una orden de arresto, los agentes a veces registran zonas de una vivienda que exceden el alcance de la orden. Las pruebas encontradas durante estos registros excesivos pueden ser suprimidas.
Escaladas en paradas de tráfico. Lo que comienza como una simple parada de tráfico a veces se agrava hasta convertirse en una detención y luego en un arresto bajo custodia, sin que el agente tenga una justificación adecuada en cada etapa. Si la intensificación no se sustenta en una sospecha razonable o causa probable, todo el incidente podría ser impugnable.
Si la policía no me leyó mis derechos Miranda, ¿eso significa que mi caso será desestimado?
No automáticamente. No leer los derechos Miranda significa que las declaraciones que usted hizo durante el interrogatorio bajo custodia podrían ser suprimidas (excluidas de la prueba). Sin embargo, el caso aún puede proceder con base en otras pruebas. Un abogado defensor puede evaluar si la violación de los derechos Miranda es lo suficientemente significativa como para debilitar o destruir el caso de la fiscalía.
¿Me pueden arrestar sin que me digan por qué?
La policía debe tener causa probable para arrestarlo, pero no siempre está obligada a explicar el motivo en el momento del arresto. Se le informará formalmente de los cargos en la lectura de cargos. Sin embargo, según la ley de California, tiene derecho a que se le informe el motivo de su arresto lo antes posible.
¿Qué debo decirle a la policía si me arrestan?
Diga solo esto: "Quiero hablar con mi abogado antes de responder preguntas". Luego, guarde silencio. No intente explicar, justificar ni salirse con la suya. Cualquier cosa que diga puede ser usada en su contra.
¿Puede la policía revisar mi teléfono después de arrestarme?
Generalmente no. La Corte Suprema dictaminó en el caso Riley contra California (2014) que la policía necesita una orden judicial para registrar el contenido de un teléfono celular, incluso durante un arresto legal. Si la policía registró su teléfono sin orden judicial, su abogado puede solicitar la supresión de cualquier prueba encontrada.
¿Qué pasa si me interrogaron en la escena antes de ser arrestado?
Si no estaba bajo custodia (es decir, tenía libertad para irse), la Ley Miranda no aplica, y sus declaraciones generalmente son admisibles. La pregunta clave es si una persona razonable en su situación se habría sentido libre de irse. Si estuvo rodeado de agentes, lo metieron en una patrulla o le dijeron que no tenía libertad para irse, podría haber estado bajo custodia de facto incluso sin un arresto formal.
¿Qué pasa si renuncié a mis derechos Miranda y luego confesé?
Si se le otorgaron los derechos Mirandizados correctamente y renunció voluntariamente a sus derechos, sus declaraciones generalmente son admisibles. Sin embargo, un abogado defensor aún puede impugnar si la renuncia fue realmente voluntaria. Si fue coaccionado, amenazado, estaba exhausto, intoxicado o no entendió la renuncia, esta podría ser invalidada.
¿Puedo invocar mi derecho a permanecer en silencio después de haber comenzado a hablar?
Sí. Puede invocar su derecho a guardar silencio en cualquier momento, incluso después de haber respondido algunas preguntas. Una vez que indique claramente que desea guardar silencio o que desea un abogado, debe cesar todo interrogatorio.
¿Cuál es la diferencia entre estar detenido y ser arrestado?
Una detención es una parada temporal cuando el agente tiene una sospecha razonable, según lo establecido por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Terry v. Ohio (1968), de que se está produciendo una actividad delictiva. Si bien no tiene libertad para irse, no está formalmente arrestado. Según el artículo 836 del Código Penal de California, un arresto requiere causa probable. El artículo 834 del Código Penal define un arresto como la detención de una persona en un caso y de la manera autorizados por la ley. La Corte Suprema de los Estados Unidos aclaró además en el caso California v. Hodari D. (1991) que una "incautación" según la Cuarta Enmienda requiere fuerza física o sumisión a una demostración de autoridad. La distinción es importante porque la Ley Miranda se aplica a situaciones de custodia, y el alcance de un registro permisible difiere entre la detención y el arresto.
Arrestaron a mi ser querido y violaron sus derechos. ¿Qué debemos hacer?
Llame a My Rights Law al 888-702-8882 Inmediatamente. Visitaremos a su ser querido bajo custodia a través de un Visita confidencial inmediata a la cárcel, Evaluar si se violaron sus derechos y comenzar a construir una defensa que impugne dichas violaciones. Cuanto antes intervengamos, con mayor eficacia podremos preservar la evidencia de la violación.
Sus derechos son su defensa más poderosa. Si la policía no leyó sus derechos Miranda, realizó un registro ilegal, usó fuerza excesiva o violó alguna de sus protecciones constitucionales durante un arresto, estas violaciones pueden usarse para suprimir pruebas, reducir los cargos o lograr que su caso sea desestimado por completo. Pero necesita un abogado defensor con experiencia que sepa identificar y desafiar estas violaciones.
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Esta página fue escrita por el equipo editorial de My Rights Law y revisada para garantizar su precisión legal por Bobby Shamuilian.
El abogado Shamuilian es el fundador y socio gerente de My Rights Law y es ampliamente reconocido como una autoridad legal, apareciendo frecuentemente como analista legal y comentarista de televisión en medios de comunicación nacionales.
Obtuvo una calificación perfecta de “10.0 – Top Attorney” en AVVO y una calificación de “10.0” en Justia, y ha sido nombrado entre los “Top 40 Under 40” y los “Top 100 Trial Lawyers” por The National Trial Lawyers.
Con su probada experiencia y dedicación, el Sr. Shamuilian se compromete a proteger sus derechos y lograr el mejor resultado posible para su caso.
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