¿Le entregaron una orden de arresto o de arresto?

Abogados de órdenes de arresto y de comparecencia

Si le han cobrado, nuestro equipo experimentado puede ayudarle.

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Abogado de California con órdenes de arresto y juicio | Falta de comparecencia – Código Penal 1320 PC y 1320.5 PC

La ley de mis derechos le ayudará a reducir las consecuencias de su orden de arresto o de arresto pendiente

Si se ha emitido una orden de arresto o una orden de arresto en su contra en California, o si ha sido acusado de no comparecer ante un juez, entonces querrá ponerse en contacto de inmediato con un abogado de delitos contra la justicia en Ley de mis derechos para manejar su cargo de orden judicial. En particular, My Rights Law tiene un historial de éxito en el manejo de casos similares al suyo. Revisaremos cuidadosamente su situación y lo defenderemos agresivamente. Coloque su caso en las manos adecuadas llamando a My Rights Law al (888) 702-8882 o déjenos un mensaje en nuestro formulario de contacto seguro para programar una consulta gratuita.

¿Qué son las órdenes de arresto?

Una orden judicial le da a la policía permiso legal para arrestarlo y ponerlo bajo custodia. Lo más habitual es que se arreste a personas por la comisión de delitos. En otras situaciones, un juez puede emitir una orden de detención si usted no asiste a la audiencia judicial según lo acordado.

La policía no puede simplemente arrestarlo por ningún motivo. En cambio, tanto la ley estatal como la federal ponen límites a esta capacidad. Si cometes un delito en presencia del oficial, generalmente pueden arrestarte sin una orden judicial. Pero necesitarán una orden de arresto en todas las demás situaciones. Por lo general, los agentes del orden solicitan una orden judicial a un juez después de realizar una investigación sobre un delito e identificarlo a usted como el principal sospechoso.

Una orden de arresto debe contener información específica para que sea efectiva:

  • El nombre del sospechoso
  • El delito que les imputan
  • El momento en que se emite la orden
  • La ciudad o condado donde se emite la orden
  • La firma del juez.
  • El nombre del tribunal del juez.[1]

Los jueces suelen emitir órdenes de arresto después de que un oficial de policía o un fiscal de distrito haga una declaración en la que establezcan una causa probable. Un juez también puede emitir una orden de arresto después de que un gran jurado acusa a alguien.

¿Cómo sé si existe una orden de arresto para mi arresto?

Algunas personas tienen órdenes de arresto pero no lo saben. Esto significa que cualquier contacto con la policía podría provocar su arresto. Este es un escenario común: lo detienen por una infracción de tránsito. El oficial que lo detuvo llama para identificarlo y se entera de la orden judicial pendiente. Es posible que el oficial lo espose y lo lleve a la cárcel.

Hay reglas específicas que limitan dónde y cuándo los agentes de policía pueden realizar un arresto.[2] Debe comunicarse rápidamente con un abogado para obtener más información.

¿Puede un abogado defensor penal de California ayudarme con una orden judicial?

Sí. Un abogado de My Rights Law puede:

  • Investigar el presunto delito y convencer al fiscal de que no presente cargos en primer lugar. Esto significa que no se emite ninguna orden de arresto.
  • Acompañarlo al tribunal si desea entregarse voluntariamente. Por ejemplo, puedes evitar que te recojan en el trabajo, lo que te ahorra vergüenza.
  • Argumentar a favor de la libertad bajo fianza o la liberación bajo su propia responsabilidad.
  • Intente convencer a un juez de que su orden de arresto era ilegal.

¿Qué es la falta de comparecencia?

El estado espera que usted se presente ante el tribunal cuando se le ordene. Si no lo hace, entonces ha cometido el delito de incomparecencia, que se encuentra en los Códigos Penales 1320 y 1320.5.

El estatuto en cuestión dependerá de si ha sido puesto en libertad bajo palabra (1320 PC) o si está en libertad bajo fianza por un cargo de delito grave (1320.5 PC). Las leyes son muy similares.

Según 1320 PC, es un delito no presentarse intencionalmente ante el tribunal cuando ha sido puesto en libertad bajo su propia responsabilidad.[3] Si debe acudir al tribunal por cargos de delitos menores, entonces su falta de comparecencia será un delito menor de la FTA. Sin embargo, si debe comparecer ante el tribunal por cargos de delitos graves, su falta intencional de comparecer es un delito grave de la FTA.[4]

¿Cuáles son las sanciones por no comparecer?

Las sanciones son muy elevadas. Una condena por un delito menor conlleva hasta seis meses de cárcel del condado y una multa. Por el contrario, una condena por un delito grave conlleva una pena de cárcel o prisión de uno a tres años. Estos castigos son sólo por no presentarse. También puede enfrentar sanciones adicionales por el delito sustancial que le exigió acudir al tribunal en primer lugar. Hable con un abogado defensor penal sobre las consecuencias específicas que enfrenta.

Se le puede cobrar por no presentarse a su:

  • Acusación
  • Ensayo
  • Sentencia

Si está en libertad bajo fianza y luego no se presenta intencionalmente, podría enfrentar un cargo de delito grave según 1320.5.[5]

Póngase en contacto con nuestros abogados de órdenes judiciales de California rápidamente

¿Se emitió una orden de arresto en su contra por faltar a una cita en la corte? Si es así, comuníquese con un abogado con experiencia en órdenes judiciales de My Rights Law que pueda defender enérgicamente su libertad. Un abogado de órdenes judiciales de California en Ley de mis derechos Responderá sus preguntas sobre las leyes de California relacionadas con las órdenes de arresto y otras órdenes de arresto pendientes, incluido cómo podría verse afectado. Para obtener más información, llámenos al (888) 702-8882 hoy o complete nuestro formulario web seguro.

Otros delitos contra la justicia que defendemos incluyen: Evadir el arresto, Informe policial falso

NOTAS A PIE
[1] Código Penal de California 815 PC.
[2] Consulte PC 840 (limitación del tiempo de arresto por delitos graves y menores).
[3] PC 1320 de California.
[4] PC 1320 de California.
[5] California PC 1320.5.

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